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Se restringen las subvenciones a empresas morosas

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Puede parecer algo obvio, una empresa que debe no debería tener las mismas condiciones a la hora de pedir subvenciones que una empresa que funciona bien y tiene las cuentas en regla. Sin embargo, esto no era tan evidente antes de la entrada en vigor de la Ley Crea y Crece o lo que es lo mismo la Ley 18/2022 de 28 de septiembre de 2022.

Dicha ley, muestra las dificultades que tendrán las compañías morosas a la hora de solicitar subvenciones públicas dentro del territorio español, debido a que se impone como obligatorio el cumplimiento de los plazos de pago que conforman la ley 3/2004 de 29 de diciembre para aquellas ayudas que superen los 30.000 €. 

Dependiendo del tamaño de la empresa, se deberán presentar unos documentos u otros. Además, como dato curioso cuánto mayor sea la compañía, mayores exigencias habrá a la hora de pedir la subvención. 

Por un lado, aquellas compañías que cumplan con los siguiente requisitos podrán presentar la declaración responsable donde se mostrarán la cuenta de pérdidas y ganancias abreviada:

  • Ser una empresa que al menos durante 2 ejercicios consecutivos tenga en la fecha de cierre como mínimo dos de las siguientes opciones, o bien que su activo no supere los 11. 400. 000 €, o bien que su facturación no supere los 22.8000.000 € o que la media de empleados no sea superior a 250 trabajadores.

En caso de ser una empresa con unos números superiores a los mencionados anteriormente, habría que demostrar que se cumplirán los plazos del pago mediante un certificado de un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de cuentas.

Es decir, a partir de ahora habrá que demostrar que seremos capaces de afrontar los pagos y, por tanto, aquellas empresas que no tengan una economía saludable no entrarán dentro de las seleccionadas. 

Además, esta norma incluye la factura electrónica haciéndola obligatoria tanto a la hora de expedir como de emitirla. De esta manera, habrá un mayor control de las operaciones comerciales tanto entre empresas como con autónomos. Asimismo, esta medida ayudará a reducir los costes generados de las transacciones y ayudará a la digitalización de las compañías. 

Todas estas normas tienen como objetivo luchar contra la morosidad desde las instituciones y favorecer el crecimiento de las pymes que año tras año se ven afectadas debido a la incidencia que estás prácticas tienen en su liquidez y rentabilidad. 

Por si esto no fuera poco, también tienen pensado crear el Observatorio Estatal de la Morosidad Privada el cual se encargará de llevar un seguimiento de los datos que tendrán a partir de la información electrónica que proporcionen las empresas y se publicará una lista con las compañías morosas que deban más de un 5% de sus facturas y que el monto sea superior a 600.000 €.

En definitiva, las leyes están cada vez más encima de los morosos y seguramente con el paso del tiempo, sea algo que vaya incrementándose ya que los afectados por impagos reclaman que haya una estructura jurídica tenaz y sólida para parar este tipo de actividades que no fomentan el crecimiento económico ni del país ni de nuestros bolsillos como empresarios. 

¿Podré pedir una subvención para mi empresa?

Claro que podrás pedir cualquier tipo de ayuda siempre y cuando cumplas con los requisitos que recoge esa subvención. 

No hay que tener miedo si se acaba de iniciar un proyecto y la pyme no está generando grandes beneficios, basta con no empezar a dejar facturas impagadas esperando que la otra parte se olvide de la deuda.

Así que, no te preocupes por esta nueva ley si eres un pequeño comercio, ya que solo se penalizará a aquellos negocios que no estén haciendo las cosas bien, a ver es lógico que sea así. Además, con estas regulaciones se fomentará la creación de nuevas pymes gracias a las medidas que también recoge esta norma, como la posibilidad de crear una Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital de 1€, quitando así la regulación anterior que exigía un mínimo de 3.000 €. 

Además, al igual que se pedirá la digitalización de las facturas, también desde las instituciones se han puesto las pilas y se podrá constituir empresas de manera telemática gracias a la ventanilla del Centro de Información y Red de Creación de Empresas, también conocido como CIRCE lo que agilizará bastante todo lo relacionado con los plazos de creación y reducirá los costes notariales.

Para finalizar, también es positivo el hecho de que hayan mejorado los instrumentos de financiación y que no sean únicamente los relativos a la financiación bancaria, es decir, estamos hablando de crowdfunding, capital de riesgo, inversión colectiva o financiación participativa. Así, se aumenta el abanico de posibilidades que permitirá, o al menos eso se espera, el crecimiento de las empresas en España. 

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