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Cobro de deudas en bienes: pros y contras

Tabla de contenidos

Hemos hablado a menudo de morosos profesionales y deudores reticentes. Pero ¿qué ocurre cuando un gestor profesional de recobros da con un deudor que quiere pagar… pero no puede? Cuando un deudor carece de liquidez para pagar sus deudas a medio plazo puede recurrir al cobro de deudas en bienes. Como se decía antiguamente, «pagar en especie».

Con esta opción el deudor puede aportar bienes muebles _consumibles, producto de su empresa, etc_ o inmuebles _un local, una nave_. Es una opción muy dura para el deudor, y también es incómodo para el cliente. Pero en muchas ocasiones no queda otra manera de cobrar esa deuda.

cobro de deudas en bienes

Ventajas del cobro de deudas en bienes

El cobro de deudas en bienes tiene, como todas las gestiones de recobros, sus pros y sus contras. Entre los primeros podemos hablar de estas ventajas:

  • Es una vía real y palpable de cobrar la deuda. Si hemos llegado a un caso claro de ruina, o falta de liquidez por cualquier otro motivo, quizá no haya más posibilidades.
  • Suele ser bien recibido por este perfil de deudor. Recordemos que hablamos de gente que no quiere ser morosa. Que quiere afrontar sus impagos pero no puede materialmente.
  • Permite cierta flexibilidad: se pueden lograr quitas de deuda aportando un bien, y pagando el resto de la deuda con dinero.

… y los inconvenientes

El mayor inconveniente del cobro de deudas en bienes es que la deuda queda saldada… pero las gestiones no se acaban. Supongamos que el deudor ha abonado su deuda aportando una nave industrial. ¡O un barco de recreo! El acreedor es ahora propietario de una nave industrial que tiene su valor, pero que no necesita. O no digamos el barco si el acreedor vive en Teruel. ¿Qué queda por hacer?

En efecto. Hay que vender las propiedades, con todo el jaleo que eso supone al ahora propietario. Por no hablar de las gestiones del traspaso de bienes para el recobro. Las empresas solventes de gestión de recobros, y por supuesto Grupo Intercobros, apoyamos a ambas partes en el proceso de traspaso. También al cliente en el propio proceso de venta de los bienes.

Para una empresa de gestión de recobros es fundamental lograr la satisfacción del cliente. Es de lo que vivimos y con lo que construimos nuestros negocios. No tendría sentido traspasar el bien y desentendernos del caso. Buscar un comprador y asesorar en ese proceso forma parte del cobro de esa deuda. Si el cliente quiere obtener dinero cuanto antes, quizá las condiciones de venta sean menos ventajosas de lo que espera.

¿Podemos aportar cualquier bien para saldar la deuda?

En realidad, el cobro de deudas en bienes puede afrontarse con cualquier bien, siempre que sea tasable. Los bienes en recobro más habituales son los inmuebles y los vehículos. El tipo de deudas que se negocian con el cobro de deudas en bienes suele ser deudas entre empresas, y estas propiedades son habituales. Naves, oficinas, furgonetas, etc.

 

El barco de nuestro ejemplo no es una exageración, aunque tampoco es lo habitual. Sin embargo sí se puede cobrar una deuda en bienes utilizando arte o antigüedades, por ejemplo. Siempre y cuando sean tasables y susceptibles de ser vendidas. No se puede pagar una deuda con bienes que ya han avalado un crédito bancario. Tampoco se puede pagar una deuda con bienes con un litigio pendiente.

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